Medidas sanitarias e Inspección de Trabajo

La Inspección va a controlar que las empresas adoptan medidas de protección ante el riesgo de contagio de coronavirus.

La Inspección de Trabajo ha publicado un criterio técnico indicando las actuaciones que va a llevar a cabo para controlar que las empresas adoptan medidas de prevención e higiene para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID -19. Según dicho documento:

  • La Inspección va a vigilar el cumplimiento de las medidas sanitarias en las empresas y centros de trabajo. Por ejemplo, que se adoptan medidas de ventilación, limpieza y desinfección adecuadas a las características de los centros de trabajo; o que se ponen a disposición de los trabajadores agua y jabón, o geles hidroalcohólicos o desinfectantes.
  • Se va a exigir el cumplimiento de las medidas indicadas mediante requerimiento. A partir de ahí, si dichos requerimientos se incumplen, se procederá a extender actas de infracción.

A continuación le facilitamos el enlace con el que poder obtener el criterio técnico publicado.

http://www.mites.gob.es/itss/ITSS/ITSS_Descargas/Atencion_ciudadano/Criterios_tecnicos/CT_103_2020.pdf