MEDIDAS DE PREVENCION COMO CONSECUENCIA DE LA EVOLUCION DE LA SITUACIÓN EPIDEMIOLOGICA DERIVADA del COVID-19 EN EL AYUNTAMIENTO DE CAMBADOS

A las 22,40 horas de hoy 2 de octubre se publicó en el Diario Oficial de Galicia, la ORDEN, de la Conselleria de Sanidad, de 2 de octubre de 2020 por la que se establecen determinadas medidas de prevención como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19 en el ayuntamiento de Cambados, a la que puede acceder en el siguiente enlace:

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/excepcional/2020/20201002/2443/AnuncioC3K1-021020-6_es.pdf

Esta orden tendrá efectos desde las 00.00 horas del 3 de octubre de 2020. No obstante, las medidas recogidas en ella serán objeto de seguimiento y evaluación continua y, en todo caso, en un período no superior a siete días naturales desde la publicación de la presente orden, con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria. A estos efectos, podrán ser objeto de mantenimiento, de modificación o podrán dejarse sin efecto por orden de la persona titular de la consellería competente en materia de sanidad.

Serán de aplicación, en el ayuntamiento de Cambados, las mismas medidas de prevención específicas que actualmente se están aplicando en los ayuntamientos de Vilagarcía de Arousa, de Vilanova de Arousa, de Sanxenxo y de Meis.

En el caso de las celebraciones y eventos en establecimientos de restauración para los días 3 y 4 de octubre, que ya estuvieran concertados con carácter previo al día 2 de octubre, no serán aplicables las limitaciones que se recogen en el anexo de las Ordenes referidas a Vilagarcia y Vilanova, si bien deberán ser comunicados por los titulares de los establecimientos a la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad, para que se puedan adoptar las medidas o efectuar las recomendaciones pertinentes.