ACLARACION Medidas de prevención específicas en Galicia. Resumen

Ante las numerosas dudas que provocó la redacción la ORDEN de 26 de enero de 2021 por la que se modifica la Orden de 3 de diciembre de 2020 por la que se establecen medidas de prevención específicas a consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia, en el horario de cierre de determinados sectores, como por ejemplo Peluquerías, Salones de Belleza y en menor medida en otros, la Xunta de Galicia viene de aclarar:

ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES DE ACTIVIDADES DE SERVICIOS PROFESIONALES

  • Horario de cierre las 21:30 horas, salvo que hayan fijado, de acuerdo con la Normativa vigente un horario inferior.
  • En centros y parques comerciales o grandes superficies deberán cerrar los sábados, domingos y festivos.

 

Asimismo informa la Xunta mediante su teléfono de contacto que en los establecimientos donde el cierre obligatorio es a las seis de la tarde, los trabajadores pueden seguir desarrollando su jornada laboral normal, con el límite de las 21,30 horas.